Formulario de validacion de cursos
Su categoría de colegiatura en el Colegio corresponde a
En base al artículo 32 del Reglamento para la Educación Permanente del COLTRAS, en dónde se estipuló que en caso de abandono injustificado de la actividad de educación permanente en la que se inscribió, sería cargado el cobro del monto subsidiado por el Colegio, el cual corresponde al 50% del monto total. ¿Está de acuerdo en asumir el 50% que fue subvencionado , en caso de abandonar la capacitación sin justificación?